viernes, 7 de febrero de 2014

La legalidad de la ‘doctrina escrache’

altos miembros del PP han sugerido un escrache a la jueza de la sentencia

Varios juzgados refrendan esas protestas sobre un fallo del Constitucional. El tribunal avala la exposición pública de los cargos


La decisión judicial de no considerar delito el escrache celebrado en las puertas del domicilio de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, ha levantado críticas en el PP, e incluso la descalificación de su entorno hacia una de los tres magistrados de la Audiencia provincial de Madrid que dictaron el fallo, atribuyéndole a ella sola la autoría y acusándola de juez socialista. Ese auto, además, únicamente confirma lo dictado anteriormente por otros juzgados sobre distintos escraches en la misma línea.

No es la primera vez —y, probablemente, no será la última— que la justicia no detecta ningún tipo de delito en las manifestaciones pacíficas convocadas frente a las viviendas de cargos públicos para mostrar disconformidad con sus decisiones políticas. De hecho, tan solo en algunos casos se ha tramitado, para alguno de los participantes y por hechos aislados, un expediente por una falta, pero no por un delito.

Las sentencias dicen que el límite de la crítica es más amplio para los políticos

Los argumentos de las resoluciones de juzgados de Cantabria, Aragón, Barcelona, Valencia o Madrid respecto a los escraches son muy semejantes. Y en todos esos casos se apela, a su vez, a sentencias del Tribunal Constitucional como base de sus tesis, con lo que es la doctrina de este alto tribunal la que, realmente, se aplica y no la de jueces de instrucción contra los que, como en el último caso, ha cargado hasta el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.