viernes, 12 de febrero de 2010

Los aviones deberán subir el doble de altura antes de girar para evitar el ruido



Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) ha publicado en su página web una enmienda que modifica las normas que rigen para efectuar el despegue. Los aviones deberán alcanzar los 2.000 pies para poder girar, el doble de la altura permitida en la actualidad, bajo riesgo de multas. Solamente podrán aducir alguna emergencia para saltarse esta medida, que entra en vigor dentro de un mes.

Los mapas publicados en la web detallan además el perímetro que no podrán utilizar. Es decir, los aviones deberán seguir una línea paralela a la pista de despegue que no abandonarán hasta alcanzada una altura y una distancia. Hasta ahora, la única norma que debían cumplir los pilotos es girar después de haber alcanzado los 1.000 pies, sin entrar a concretar que hayan cubierto una distancia. Hay aviones que alcanzan esa altura mucho antes, sobrevolando zonas residenciales.

Ahora, en el caso de los despegues hacia el oeste, deberán subir en paralelo a la pista al menos 9,2 kilómetros antes de girar, mientras que en el caso de los despegues hacia el mar la distancia a cubrir será de 16,6 kilómetros. Es decir, los aviones podrán girar una vez pasado Ribarroja y antes de llegar a Vilamarxant. Hacia el este deberán virar una vez tengan bajo sus pies el mar Mediterráneo.

Y lo tendrán que cumplir si no quieren arriesgarse a multas que pueden llegar a superar los 6.000 euros y que funcionan, a rajatabla, en todos los grandes aeropuertos europeos.

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