jueves, 15 de agosto de 2013

El Tribunal Superior de Justicia confirma nuevamente que las eléctricas han de solicitar licencia para la tala de árboles

La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha mantenido la decisión de un juzgado que le dio la razón al Ayuntamiento de Paterna (Valencia) al reclamar a las eléctricas licencia de obras para la tala de árboles en la Vallesa a pesar de que ya hubieran obtenido la autorización para ello de la Conselleria de Territorio y Vivienda.

Así consta en un sentencia de la sala, facilitada por el TSJCV, donde el alto tribunal rechaza el recurso planteado por Iberdrola y Red Eléctrica de España (REE) contra la decisión del juzgado de lo contencioso-administrativo número uno de Valencia que desestimó las alegaciones planteadas por ambas eléctricas contra los decretos del alcalde de Paterna, que entendía necesario la licencia de obras para llevar a cabo los trabajos.


En este caso, REE había recurrido la decisión del juzgado de primera instancia y pidió que se reconociera su derecho a realizar labores de tala, poda y limpieza oportunos de la vegetación próxima a redes de transporte de energía eléctrica ante riesgo de incendio, de conformidad con un artículo de la LUV, acogiéndose a una excepción para la obtención de licencia. Iberdrola pidió igualmente la anulación de la decisión.

Por su parte, la Ordenanza de Protección del Arbolado del Ayuntamiento de Paterna establece que la tala requerirá de la obtención de la oportuna autorización expresa por parte del consistorio y señala que quedarán también sometidos a licencia las actividades silvícolas y trabajos relaciones con la conservación, explotación o regeneración de las masas forestales, con independencia de la solicitud realizada a la Conselleria de Medio Ambiente.

En este caso, las eléctricas habían obtenido la autorización de la Conselleria de Territorio y Vivienda, en mayo de 2007, para la tala de árboles, arbustos y matorral para la apertura de una calle de 25 metros de ancho en la línea eléctrica L/132 kv L'Eliana-Vilamarxant 1 y 2 a su paso por Paterna, L'Eliana, San Antonio y Riba-roja. El debate se centraba en si, con esta autorización, podía el consistorio exigir a las entidades licencia de obras para llevar a cabo los trabajos.

El juzgado entendió que sí, las eléctricas se opusieron y el consistorio alegó además que el objeto de la autorización era distinto, ya que el de la Conselleria era la prevención de incendios y el suyo el de la prevención y conservación del patrimonio forestal. la sala, en este caso, da la razón al consistorio.
ElMundo