miércoles, 9 de octubre de 2013

EU Paterna exigirá en el próximo pleno que las Juntas de Gobierno sean públicas

Salón de plenos en donde radica la democracia municipal
Esquerra Unida de Paterna presentará en el pleno ordinario de este mes de octubre una moción exigiendo que las Juntas de Gobierno Local sean públicas. La formación de izquierdas defenderá su propuesta basándose en la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 26 de septiembre que falla sobre la necesidad de que las sesiones de la Junta de Gobierno Local sean públicas siempre que deliberen sobre asuntos que sean una competencia delegada del Pleno.

Esquerra Unida se remite a la sentencia del Constitucional en relación con el principio democrático proclamado en el art. 1.1 CE, que garantiza la participación de los ciudadanos en la vida pública y en el destino colectivo en aspectos que inciden en la democracia representativa, mediante la participación periódica en las elecciones de representantes en las diferentes esferas, nacional, autonómica y local.

La formación de izquierdas señala la que la exigencia de publicidad de la actividad desarrollada por los órganos de carácter representativo se constituye como un instrumento que posibilita el control político de los elegidos por los electores y se proyecta en relación con la publicidad de sus sesiones, la publicación de las deliberaciones y los acuerdos adoptados, y el acceso a la documentación que los sirva de soporte.

Desde EUPV se considera necesario, en aras de cumplir con esta sentencia del alto tribunal y con vistas a garantizar la transparencia, que las sesiones de la Junta de Gobierno local sean realizadas en pública sesión, a semejanza de los Plenos, cuando en su orden del día se trate algún punto que sea una competencia delegada del Pleno.
paternaroja

Sobre la junta de Gobierno:

Edicto de 30-5-2013, por el cual el alcalde resuelve.

PRIMERO.- Aprobar la siguiente composición de la Junta de Gobierno Local:

Presidente: El Alcalde, D. Lorenzo Agustí Pons

Componentes:

- Dña.  Elena Martínez Guillem.

- Dña. Sara Alvaro Blat.

- Dña. Maria Villajos Rodriguez.

- D. Vicente Sales Sauquillo.

- D. Alfonso Romero García.

SEGUNDO.- Nombrar a los antedichos Tenientes de Alcalde, los cuales sustituirán por el orden en que se han relacionado, al Alcalde en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

TERCERO.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones