viernes, 29 de julio de 2011

Los sindicatos advierten de que no hay negociación y que la rebaja del 7% en los salarios es ilegal

¡hemos ganao!

El concejal de Personal, Jesús Giménez, no es un interlocutor válido porque “ha sido desautorizado en varias ocasiones por el alcalde

Los sindicatos advierten de que no hay negociación y que la rebaja del 7% en los salarios es ilegal

La incongruencia y el caos reina en el Gobierno Municipal

Los sindicatos representados en la Junta de Personal del Ayuntamiento de Paterna han comparecido ante los medios de comunicación en una rueda de prensa en la que han dejado claro que “no hay negociación” y que ni estudian ni aceptan la rebaja del 7% en los salarios de los funcionarios, entre otras cosas, “porque es ilegal”.

Después de unos días intensos de manifestaciones, paros y reuniones improvisadas, los sindicatos mantienen su teoría de que “aún no se ha iniciado la negociación” porque el Ayuntamiento anunció la Relación de Puestos de Trabajo donde se incluía la amortización de 32 puestos y el consiguiente despido de 27 interinos y los sindicatos reaccionaron con movilizaciones que consiguieron paralizar la medida, al menos, hasta mediados de agosto, tiempo que les dio el equipo de Gobierno para que buscaran alternativas para ahorrar casi un millón de euros del presupuesto municipal.

Según los sindicatos, el equipo de Gobierno insiste en hablar de negociación en todas sus declaraciones públicas para evitar una sentencia judicial como las anunciadas hace unas semanas de dos juzgados diferentes que condenaron al Consistorio a volver a la situación anterior a la medida de recortes en el fondo social por no haber seguido el proceso de negociación obligatorio.

El alcalde, Lorenzo Agustí, les propuso que se aceptaran una rebaja del 7% en los salarios de todos los funcionarios para evitar los despidos pero, además de no garantizar la consolidación laboral de los interinos y la renuncia a despidos y amortizaciones, se trata de una medida “ilegal”.

Otra de las cuestiones que han criticado los sindicatos presentes en la Junta de Personal (CCOO, UGT, CGT, CSI•F, SPPLB y STAS-Iv) es que el concejal de Personal, Jesús Giménez, no es un interlocutor válido porque “ha sido desautorizado en varias ocasiones por el alcalde” en las últimas reuniones mantenidas,han explicado los representantes sindicales para demostrar la incongruencia y el “caos” que reina en el Gobierno municipal.

Además, al parecer, el alcalde propuso que buscaran alternativas para recortar cerca de un millón de euros de cualquier partida mientras que Giménez les ha comunicado que sólo pueden recortar de Personal, justo lo contrario que los sindicatos cuya prioridad es recortar en cualquier otra partida que no sea Personal pero, hasta que no estudien a fondo la documentación no pueden hacer ninguna propuesta, por lo que han pedido que no se convoque el pleno extraordinario de agosto y se retome la cuestión en septiembre.

http://www.hortanoticias.com/noticia/672981/Paterna/sindicatos-advierten-negociaci%C3%B3n-rebaja-7-salarios-ilegal.html

6 comentarios:

  1. Amortización de puestos de trabajo

    El contrato podrá extinguirse por la necesidad acreditada de “amortizar” (eliminar) el puesto de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción.

    El empresario deberá acreditar que la decisión extintiva se adopta con el fin de contribuir a superar situaciones económicas negativas, dificultades que impiden el buen funcionamiento de la empresa. En estos casos, los representantes de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa.

    Para que el despido sea válido será necesario que en un período de 90 días las extinciones afecten a menos de:

    * 10 trabajadores, en empresas de menos de 100 trabajadores.
    * El 10 % del número de trabajadores de la empresa de entre 100 y 300 trabajadores.
    * A 30 trabajadores en empresas de 300 o más trabajadores.

    Cuando en períodos de 90 días sucesivos y para eludir el despido colectivo, la empresa realice extinciones de contrato basándose en esta causa y en número inferior al indicado despido, estas extinciones se considerarán realizadas en fraude de ley y serán declaradas nulas y sin efecto.

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  2. Muchas gracias por la información, de nuevo surge la pregunta de cuando se va, o tiran al concejal de personal y de rebote a la teniente alcalde de área sra Martinez.No han sabido negociar, entre otras cosas porque no es su intención hacerlo.
    Pasar la pelota de" cambio despidos por bajaros a todos el sueldo",puede ser sustituido por frases como cambio boatos, compra de edifico como Gespa.Sumpa,compra de votos con cenas, comidas viajes por NO DESPEDIR A LOS TRABAJADORES.
    Cambio subvenciones de mucho dinero a Intercomparsas , Fallas...cambio cohetodromo,por no despedir a los trabajadores, cambio dietas consejos administracion,cambio mentiras de devoluciones de tasas, por no despido a trabajadores. Cambio el cobrar a todos los que aún deben la tasa de basuras más los intereses, por no despedir a los trabajadores, CAMBIO UNA BUENA GESTION DONDE NO PRIME EL ENCHUFISMO Y LA COMPRA DE VOTOS POR NO TIRAR A LOS TRABAJADORES, Y DAR BUEN SERVICIO

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  3. Ya es conocida por todos los habitantes de este municipio la poca o nula credibilidad del Rey Sol si a eso sumamos como y de que manera llegó la Sra. Martinez a ser la 2 del PP y el desembarco del Sr. Jimenez en la candidatura no hay que esperar que defiendan con perdon los traseros ajenos........solo les preocupa hacerle muchisimo la pelota a su jefe para salvar sus propios traseros.Con todo mi respeto a los no creyentes DIOS LOS CRIA Y ELLOS SE JUNTAN...........

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  4. Despido objetivo por necesidad de amortizar puestos de trabajo

    Cuando no se trate de un número de trabajadores que se encuadre en los supuestos de despido colectivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Pero la empresa tenga la necesidad de amortizar puestos de trabajo por causas económicas, el empresario para realizar el despido deberá seguir una serie de pautas:

    En primer lugar, deberá tener en cuenta que para amortizar puestos de trabajo debe tratarse de una necesidad objetivamente acreditada y justificada, para poder superar la crisis económica, financiera, operativa que tenga la empresa. Es decri, la empresa debe atravesar una grave crisis, pero además debe ser el despido, una forma a través de la cual se pueda salir de ella, pues en caso de que no lo sea, ya no sería el despido una necesidad objetivamente acreditada y no sería un despido procedente.

    En segundo lugar, el empresario debe seguir los siguientes pasos formales:

    - Entre gar una comunicación escrita al trabajador expresando la causa del despido.

    - Poner a disposición en la comunicación escrita, una indemnización de 20 días de salario por año de trabajo con un máximo de veinte mensualidades.

    - Conceder un plazo de preaviso de treinta días desde la entrega de la comunicación hasta que el despido sea totalemente efectivo. En caso de que no se le conceda ese plazo de preavsio, la indemnización aumentará su cuantía en lo correspondiente al plazo de preaviso incumplido.

    - Entregar una copia de la comunicación a los representantes de los trabajadores para su conocimiento.

    - Conceder un permiso o licencia al trabajador de seis horas a la semana con el objeto de que pueda buscar nuevo empleo.

    - Conceder prioridad de permanencia en la empresa a los representantes de los trabajadores.



    El trabajador podrá recurrir la decisión de despido ante la atoridad juidicial, de la misma manera que si hubiera sido despedido de forma disciplinaria, y la autoridad juidicial procederá a la calificación del despido como procedente, improcedenContra la decisión extintiva del empresario el trabajador podrá recurrir ante la autoridad judicial como si de un despido disciplinario se tratara, derivándose la calificación de nulo, procedente o improcedente. La calificación de nulo procederá, además de por las causas generales de efectuarse incurriendo en discriminación o con violación de los derechos fundamentales o libertades públicas, cuando no se hubieren cumplido los requisitos señalados con anterioridad.

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  5. Esto pasa cuando un barco no tiene un buen capitán o solo piensa en su futuro fuera de Paterna, sobre todo cuando está ya tiene hipotecado su futuro y una deuda avisada por el interventor municipal desde principios del 2009.
    A Sigrid, noto mucho resentimiento en sus comentarios y mucha información en los mismos, ello muchas veces me hace pensar en que posiblemente usted pertenece al grupo de los descartes del Sr. Agustí

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  6. Siento defraudarle planeta,afortunadamente no soy ningun descarte porque nunca estuve ahí y nunca lo estaré,......mi mundo laboral está entorno a un pijama verde y lo de la información no voy a proporcionar mis fuentes.....espero no haberle decepcionado.

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